El plan concertado para el desarrollo de prestaciones básicas de servicios sociales en las corporaciones locales se crea en 1988, y se desarrolla a través de la fórmula del convenio administrativo. Éste trata de articular una cooperación económica y técnica entre la administración del Estado y las comunidades autónomas, para colaborar con las entidades locales en el cumplimiento de las obligaciones que, de acuerdo con la Ley reguladora de las bases de régimen local, han de llevar a cabo en relación con la prestación de servicios sociales.
Surge como iniciativa de la Dirección General de Acción Social perteneciente al entonces Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para el establecimiento y la consolidación de una red pública de equipamientos de servicios sociales generales que garanticen a todos los ciudadanos, independientemente de dónde vivan, unas prestaciones mínimas. De esta forma, se aseguraría la igualdad en el acceso a los recursos y la cobertura de necesidades básicas.
Con anterioridad a la firma del convenio en 1988 desarrollaron los trabajos de concertación con las comunidades autónomas, al objeto de establecer las bases del acuerdo de mínimos para la implantación de las “Prestaciones básicas de servicios sociales” en todo el territorio nacional.
Habría que destacar el papel del Ministerio asumió el reto de articular esta cooperación económica y técnica, y desde 1988 promueve para ello, utilizando la fórmula de convenio- administrativo con la administración autonómica y local un instrumento:
El plan concertado de prestaciones básicas de servicios sociales.
El convenio lo suscriben todas las comunidades autónomas a excepción de Navarra y País Vasco, el número de municipios incluidos en el Plan concertado a lo largo de 1977 fue de 6.231, es decir un 82% y un 94% de cobertura poblacional.
OBJETIVOS DEL PLAN
- Garantizar unos servicios sociales básicos a toda la población.
- Proporcionar a los ciudadanos servicios sociales de calidad, adecuados a sus necesidades.
- Construir una red pública de equipamientos desde la que prestar estos servicios.
- Cooperar con las corporaciones locales para que puedan afrontar adecuadamente sus competencias de gestión en materia de servicios sociales.
- Plasma la voluntad de acuerdo entre las administraciones autonómicas, central y corporaciones locales para el desarrollo de prestaciones básicas de servicios sociales.
- Articula un sistema de financiación de carácter finalista.
- Procura la universalidad de las prestaciones que garantiza.
- Establece vías de colaboración, asistencia técnica e intercambio de información para asegurar un desarrollo homogéneo de la red pública municipal de servicios sociales.
- Cofinancia la red pública municipal de servicios sociales.
Estos compromisos son:
1. De cofinanciación. La administración central se compromete a destinar una consignación específica para el desarrollo del plan concertado, en los presupuestos generales del Estado. Las comunidades autónomas se comprometen a aportar para la financiación de los proyectos, una cifra igual o superior a la que aporte el Ministerio de Asuntos Sociales.
2. De gestión. El plan concertado se fundamenta en la obligación de las colaboraciones locales de prestar servicios sociales; por ello establece que la titularidad de los equipamientos que contempla ha de ser, en todo caso, propia de alguna corporación local.
3. De información. Este compromiso responde en primera instancia a la necesidad de conocer los resultados de la concertación, constatando su eficacia en lo que al cumplimiento del objetivo del plan se refiere: la configuración de una red de atención de servicios sociales municipales. Lo cual, a su vez, sería elemento imprescindible para planificar el futuro de la propia concertación. Los datos sobre el desarrollo de equipamientos, supondrán un espacio, hasta ahora inexistente, de intercambio de información a partir de acciones conjuntas. Los intercambios de información en el marco del Plan concertado se inscriben en un proceso global de evaluación, previsto inicialmente en relación con la cobertura territorial y poblacional de los equipamientos, y la distribución del gasto en los mismos.
Estos compromisos de información se materializarán en una documetnación homogénea. Dicha documentación consiste en:
· Ficha de proyectos
· Ficha de evaluación
· Memoria financiera
La comisión de seguimiento del plan concertado, está presidida por la dirección general de servicios sociales, familias y discapacidad del ministerio de trabajo y asuntos sociales. Participan los directores generales homólogos de las comunidades autónomas y desde 1994, un representante de la federación española de municipios y provincias. Para desarrollar de una manera más efectiva determinadas tareas, existen, además, otros grupos denominados ponencias técnicas.
Los equipamientos son estructuras que posibilitan la prestación de servicios. El tipo y las características del servicio van a determinar el equipamiento. Los equipamientos están íntimamente relacionados con los modelos de servicios sociales.
Los servicios sociales comunitarios son servicios relativamente nuevos, por lo que su equipamiento es también de reciente creación y ha tenido que construirse acorde a ellos.
La denominación de los equipamientos de los servicios sociales básicos puede variar en las diferentes comunidades autónomas, y según sus leyes autonómicas de servicios sociales se pueden denominar como:
- Centros de base o comunitarios en Asturias.
- Centros de acción social en Castilla y León.
- Unidades básicas de acción social en Cantabria.
- Centros sociales polivalentes en Castilla La Mancha- Galicia- Rioja.
- Centros primarios de actuación social en Murcia.
- Centros sociales en la Comunidad Valenciana.
· Tipos de equipamientos
a) Centros de servicios sociales comunitarios
1. Definición
Se entiende por equipamiento de la red de atención al sistema público de servicios sociales, una estructura integrada de recursos humanos, técnicos, financieros y materiales, a través de la cual se llevan a efecto una serie de atenciones y medidas, para hacer efectiva una o varias de las prestaciones o actuaciones del sistema.
Son equipamientos de carácter comunitario, dotados de equipos técnicos, permite el establecimiento de una política integral de servicios sociales a través de los cuales se desarrollan programas y actividades dirigidos a todos los ciudadanos, se realizan para el mejor desarrollo de los distintos sectores de la población:
- Servicio de información, valoración, orientación y asesoramiento.
- Servicio de ayuda a domicilio.
- Servicio de convivencia y reinserción social.
- Servicio de cooperación social.
Los recursos con los que cuentan son: materiales, humanos, financieros y técnicos.
En los centros de servicios sociales tipo cuentan con tres elementos:
- Unidades de trabajo social: se entiende toda unidad administrativa y territorial que tiene como función primordial la atención a los ciudadanos en su acceso a los servicios sociales a través de la prestación básica de información y orientación.
- Programas de gestión o prestaciones: son los encargados de garantizar las prestaciones específicas reflejadas en el plan concertado: información y orientación, ayuda a domicilio, alojamiento y acogida e inserción social. Y para llevar a efecto estas prestaciones en algunos centros se han diseñado una serie de programas son los siguientes:
· Programa de trabajo social
· Programa de familia y convivencia
· Programa de inserción social
· Programa de participación y cooperación social
Este elemento cuenta con tres unidades básicas comunes para su funcionamiento:
- Dirección. Ostenta la representación formal del centro, así como la gerencia del mismo.
- Unidad administrativa, se ocupa de actividades administrativas y de la gestión económica necesaria para el mantenimiento del centro, desempeñando tareas como:
· Tramitación y otros documentos.
· Registros y archivos
· Otros que la dinámica del centro exija.
- Equipos de intervención: en el ámbito general realizarán todas las tareas necesarias para el desarrollo de las prestaciones básicas del sistema público de servicios sociales.
Han de contar con unas condiciones materiales mínimas para su funcionamiento:
- Despacho para entrevista individualizada
- Despacho para entrevista con grupos
- Salón de actos
- Talleres
Los centros de servicios sociales tienen un territorio de actuación, las zonas de trabajo social. Las zonas se integran en comarcas, distritos, áreas, en lo que coexisten centros de servicios sociales comunitarios y especializados que conforman el mapa de servicios sociales o de acción social.
Se entiende la unidad territorial adecuada para desarrollar las prestaciones de los servicios sociales. Las zonas de trabajo de subdividen en demarcaciones geográficas de ámbito inferior que se denominan unidades de trabajo social. Son las UTS el nivel más básico dentro de la estructura del sistema público de servicios sociales y constituyen la puerta de entrada al mismo.
Según las prestaciones que ofrezca, a cada centro les corresponde un personal determinado; no existe homogeneidad, aunque sí unas directrices:
Para las zonas de municipios de más de 20.000 habitantes:
· Un director
· Un trabajador social por cada 10.000 habitantes.
· Un psicólogo por cada 30.000 habitantes
· Un educador por cada 20.000 habitantes
· Un auxiliar por cada 3 ó 4 técnicos
· Dos conserjes.
Se contemplan como equipamientos complementarios:
· Oficinas o servicios de información
· Comedores sociales
· Centros de estancia diurna
· Minirresidencias
· Pisos tutelados
c) Equipamientos específicos
Existen otros equipamientos financiados por el plan concertado para garantizar las prestaciones básicas y contemplándolos como equipamientos específicos:
· Centros de acogida: establecimientos residenciales no permanentes, destinados a acoger, en medida de urgencia, a personas en situación de graves conflictos convivenciales o carentes de medio familiar adecuado.
· Albergues: servicios destinados a acoger, en medida de urgencia, a personas en situación de graves conflictos convivenciales o carentes de medio familiar adecuado, procurando el necesario tratamiento para la normalización de la convivencia.
- Centros de servicios sociales...................................1.217
- Centros de acogida....................................................21
- Albergues...................................................................15
Durante el año 2003 se tiene prevista la financiación de 1.189 equipamientos, de los que 1.167 se consideran centros de servicios sociales, el resto corresponde a 12 albergues y 10 centros de acogida, lo quesupone un descenso.
Y a partir del acuerdo de flexibilización de las prestaciones básicas de seguimiento de fecha de 30 de mayo de 1994, se financiaron equipamientos con carácter complementario a los centros de servicios sociales, que en el año 2005 fueron:
- oficinas o servicios de información..........................119
- Comedores sociales...................................................2
- Centros e estancia diurna........................................ 66
- Minirresidencias....................................................... 4
- Pisos tutelados.......................................................... 10
Durante el 2003 se tiene prevista la financiación de 145 oficinas o servicios de información, 7 comedores sociales, 76 centros de estancia diurna, 11 minirresidencias y 12 pisos tutelados,lo que supone un incremento.